Bono social y Bono Térmico
Aclaraciones sobre estos dos asuntos en los que hay cierta confusión entre las familias numerosas
– Bono social de la luz:
Es un descuento en la factura de la luz que se ofrece a los ciudadanos desde el gobierno, supone un 25% de descuento y en casos de vulnerabilidad un 40%.
TODAS LAS FAMILIAS NUMEROSAS pueden acceder a este Bono Social
Cierto es que en ocasiones nos encontramos con impedimentos a la hora de solicitarlo, ya que el procedimiento de solicitud es algo engorroso pues nos solicitan mucha documentación y hay que renovarlo cada 2 años o cuando caduque nuestro Título de Familia Numerosa.
La SOLICITUD DEL BONO SOCIAL la gestiona cada familia con su empresa eléctrica comercializadora, la empresa que le factura la luz cada mes.
Estas empresas se dividen en dos grupos:
- Las que están en el mercado libre, donde cada una estima unos precios dentro de unos baremos
- Las que están en el mercado regulado. Estas son las empresas comercializadoras que pueden ofrecer a los clientes el Bono Social
Una vez que contrates la luz en una empresa del mercado regulado (VER AQUÍ) podrás realizar la solicitud del Bono Social
El Bono Social hay que renovarlo cada 2 años y si eres familia numerosa y tienes que renovarlo durante ese periodo de dos años, TIENES QUE COMUNICAR LA NUEVA FECHA DE CADUCIDAD DEL TÍTULO PARA QUE SIGAN HACIÉNDOTE EL DESCUENTO EN LA FACTURA
Os dejamos aquí información más concreta de algunas de estas empresas:
Energía XXI: (específica para familias numerosas) https://www.energiaxxi.com/bono-social-familias-numerosas
Regsiti: Enviar documentación o solicitar información: @ mail: bono-social@regsiti.com Fax: 910 916 362 Correo postal: Calle Isabel Torres nº19 -39011 Santander (BONO SOCIAL) En cualquiera de las oficinas de Atención al Cliente de Régsiti
CHC Energía: contacto para tramitar las solicitudes al bono social por ser familia numerosa: 923 30 60 48 – 674 26 42 58 / Salamanca2@chcenergia.es / Web corporativa: http://www.chcenergia.es/
Información práctica Bono Social | Comunidad de MadridFacebook
– Bono Térmico:
El Bono Térmico NO hay que solicitarlo. La condición es ser beneficiario del Bono Social. Antes lo gestionaba el ministerio de Transición Ecológica y ahora se hace a través de las comunidades autónomas. En el caso de Madrid, lo tramita la Consejería de Políticas Sociales y Familia.
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Preocupación por el anuncio de la revisión del acceso al bono social de la luz para familias numerosas
- La Ministra de Transición Ecológica manifestó hace unos días en el Congreso la posible revisión de los criterios para acceder a esta ayuda social, vinculándolos a la renta familiar.
- Defendemos el acceso de las familias numerosas al bono social de la luz para compensar la penalización que sufren estos hogares en el consumo
La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) ha pedido una reunión urgente a la Ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, para mostrarle su preocupación en relación con el Bono social de la electricidad y la posibilidad de que se modifique el acceso de las familias numerosas a esta tarifa social, tal y como ella plantó indirectamente el martes, durante una comparecencia en el Congreso.
Ribera explicó que el Gobierno va a revisar los criterios de acceso al bono para ver si realmente todos los que acceden a ella realmente lo necesitan porque, según dijo, puede haber casos de usuarios que se están beneficiando de esta tarifa social sin tener necesidades económicas. Aunque no citó directamente a las familias numerosas, se intuye que es el colectivo que puede verse perjudicado, ya que actualmente acceden al bono social sin tenerse en cuenta su renta, lo cual no quiere decir que sea un acceso universal ni que se estén beneficiando de él familias de rentas altas y grandes mansiones. De hecho, el acceso al bono está limitado por potencia, que debe ser inferior a 10kw, y sólo se bonifica hasta un máximo de 4.140kwh/año, por lo que las familias con consumos propios de casas grandes, con jardines, piscinas, etc., no están dentro de los beneficiarios del bono social, aunque tengan el título de familia numerosa, ni ven bonificado este consumo extraordinario.
La FEFN recuerda a la ministra que el bono social es una medida de protección económica para las familias numerosas, a las que se consideró un colectivo vulnerable por su alto nivel de consumo, que les llega incluso a penalizar, y por su perfil socioeconómico, que muestra que una gran mayoría de familias viven al día, muchas con dificultades para llegar a fin de mes. Según el Estudio sobre las Familias Numerosas en España, realizado por la FEFN, el 39% de estas familias tiene dificultades para llegar a fin de mes y un 36% afirma que “sus ingresos no alcanzan a cubrir las necesidades familiares”.
Curiosamente, y partiendo de esta situación económica ajustada, las familias numerosas sufren una penalización en la electricidad -al igual que en otros suministros- al tener que pagarla más cara sólo por el hecho de ser más. Y es que estos hogares, por las mayores necesidades de electricidad que tienen, se ven obligados a contratar una potencia alta, lo que supone pagar más caro el kilowatio. Las familias numerosas tienen necesidades energéticas mayores por una cuestión evidente de número, ya que, al ser más, consumen más: más lavadoras, más duchas, más lavavajillas, calefacción… y el hecho de tener que poner varios electrodomésticos a la vez les obliga a contratar más kilowatios. “Es totalmente injusto que paguemos más caro el precio del Kwh, cuando seguramente nuestro consumo per capita es menor”, explica el presidente de la FEFN, José Manuel Trigo, quien destaca que “estos hogares tienen un consumo elevado, pero mucho más eficiente y responsable que otros más pequeños, donde cuesta llenar una lavadora para poder ponerla», destaca.
1 de cada 3, consumidor vulnerable severo
Actualmente, al bono social acceden menos de la mitad de las familias numerosas, en concreto, de los 1,3 millones de consumidores que tienen esta tarifa social, 323.553 son familias numerosas (según datos de julio de 2020 de la CNMC), lo que representa casi el 44% del colectivo (en España hay 735.583 familias numerosas con título en vigor, según datos del Ministerio de Sanidad de 2019). De esas 323.000 familias, cerca de 90.000 familias, es decir, 1 de cada 3, es consumidor vulnerable severo, ya que dispone de una renta inferior a 15.817 €; es decir, inferior a dos veces el IPREM, mientras que el resto son familias de clase media con ingresos ajustados.
La FEFN insiste en la necesidad de apoyar y compensar a las familias numerosas y recuerda que “es necesario que en la regulación de las tasas de suministros básicos se respete el principio de igualdad, evitando que ante un mismo consumo per cápita, paguen más o sufran un peor trato las familias numerosas que las personas que viven solas”. La propia Constitución, en su artículo 9.2, recoge este principio de igualdad y la necesidad de introducir medidas correctoras para garantizar que nadie quede en desventaja.
En este sentido, el acceso al bono social sería la medida correctora de la situación de penalización por consumo, y también de apoyo y compensación a un colectivo que soporta un elevado gasto y que beneficia a toda la sociedad al aportar capital humano y ser un motor económico y social fundamental para el país, “y más con el grave problema demográfico en el que se encuentra España”, señala el presidente, quien destaca que precisamente Teresa Ribera, como ministra de Reto Demográfico, no puede dar la espalda a las familias numerosas, un colectivo que puede hacer mucho por este asunto, ya que gracias a ellas, que tienen una media de 3,5 hijos, se puede frenar el envejecimiento de la población. La organización familiar espera que la ministra les reciba lo antes posible para poder explicarle de primera mano todo lo que estas familias aportan a la sociedad y las razones por las que debe mantenerse su acceso al bono social, como medida de apoyo y compensación.
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Bono Térmico 2020
Este año, también se dará la ayuda del bono térmico. Se aplicará de oficio, es decir, de forma automática, a todos aquellos consumidores que estén acogidos al bono social eléctrico, en concreto, a los que lo estuvieran a fecha de 31 de diciembre de 2019, que percibirán automáticamente la ayuda económica para gastos de calefacción.

La cuantía va de los 25 a los 130 euros, en un solo pago, dependiendo la cantidad de la zona climática donde esté situada la vivienda, si es más o menos fría, y el grado de vulnerabilidad de la familia.
Gestión a cargo de las CC.AA.
Este año, la gestión del bono corre a cargo de las Comunidades Autónomas, siendo cada Comunidad quien realice las comunicaciones a los beneficiarios, mediante la correspondiente carta, y quien gestionará directamente el pago. Al ser una ayuda que se aplica de oficio, no tenéis que hacer nada, salvo esperar la carta informativa y posteriormente el pago, siempre y cuando cumplan los requisitos de los colectivos a los que se aplica este Bono Térmico.
Para más información se puede consultar página web del Ministerio (http://www.bonotermico.gob.es/), llamar al 91 314 66 73 o escribir ciudadano@idae.es.
Información sobre Bono Social de Energía XXI
Energía XXI, Comercializadora de Referencia de Endesa nos informa su servicio de facilitar la próxima renovación del Bono Social o solicitud para aquellos que lo necesiten solicitar por primera vez.
El Bono Social caduca cada dos años, excepto para el colectivo de familias numerosas beneficiarias del bono social, que no deben renovarlo cada dos años, sino cuando les caduque su título de familia numerosa.
Debido a la situación extraordinaria desencadenada por el Covid-19, el Gobierno prorrogó la caducidad de los bonos socialesque expirasen durante el periodo de alarma, hasta el próximo 30 de septiembre de 2020.
Recientemente Energía XXI, Comercializadora de Referencia de Endesa, ha enviado comunicaciones a todas las personas afectadas por esta medida, avisando de la próxima caducidad del bono social para que procedan a su renovación, recomendando 15 días hábiles antes de esa fecha, según establece la norma.
Las familias numerosas cuyo título caduque con posterioridad al 30 de septiembre, serán informadas debidamente mediante carta del periodo de renovación de su bono.
Como información adicional, debido al Covid-19, algunas CCAA han acordado prorrogar la vigencia de los títulos y carnets de familia numerosa que fueran a caducar dentro de un periodo determinado.
En esos casos, cuando las familias numerosas procedan a la renovación del bono y presenten un título de familia numerosa caducado (cuya vigencia se haya prorrogado en su CCAA), han de indicar este hecho para que sea tenido en cuenta en su solicitud, de modo que su bono social se ampliará por un periodo igual al que se haya ampliado la vigencia del título de Familia Numerosa, contando desde el momento en que le caducó.
¿Qué canales de atención pone Energía XXI, Comercializadora de referencia de Endesa, a los clientes?
Debido a la actual situación provocada por el coronavirus Covid 19 y para extremar las precauciones, se recomienda a los clientes que prioricen el uso de canales digitales para realizar su solicitud. Los canales habilitados al respecto son:
1. APPEnergía XXI BONO SOCIAL: Los Clientes pueden renovar su bono social a través de la App EnergíaXXI Bono Social disponible para iOS y Android. Pueden buscarla y descargarla en: www.energiaxxi.com, apartado Bono Social
2. En www.energiaxxi.com, apartado Bono Social pueden:
• Encontrar toda la información sobre requisitos (folleto)
• Descargar el formulario pdf.
• Consultar las vías para presentar la renovación.
3. Por E-mail, a través del buzón bonosocial@energiaxxi.com
4. Por correo postal: Apartado de Correos nº1167, 41080 Sevilla.
5. En Oficinas y Puntos de servicio:
En las oficinas existe a disposición de los Clientes un código QR para descargar las instrucciones de solicitud.
Asimismo, se ha habilitado atención personalizada para Bono Social.
¿Qué documentación deben presentar para renovarlo las Familias Numerosas?
Documentación:
Formulario Bono Social cumplimentado y firmado por toda la unidad familiar.
Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de luz y de todos los miembros de la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y los menores de 14 años que dispongan de él).
En el caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. • Registro Civil; Autoridad Competente .
Certificado de empadronamiento en vigor, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar. • Oficinas de Atención a la Ciudadanía; Ayuntamientos.
Fotocopia del título de familia numerosa en vigor. • Oficinas de Atención a la Ciudadanía; Secciones de Familia de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
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